LA LISTA, EL IMPULSO A LA SOSTENIBILIDAD DEL TERRITORIO DE ANDALUCIA 2021-2025.

 

La lista, EL IMPULSO A LA SOSTENIBILIDAD DEL TERRITORIO DE ANDALUCIA 2021-2025.

CARLOS PAREJO DELGADO

 

Introducción. La Ley de Impulso a la sostenibilidad del Territorio LISTA (año 2021) y su Reglamento (año 2022), marcan sendos hitos a partir de los cuales el gobierno conservador de la Junta de Andalucía va a anteponer su óptica ultra liberal  a su función social y ecológica, sobre cómo ha de   gestionarse el recurso natural “suelo” en la Comunidad Autónoma andaluza. Tras casi medo siglo en que el recurso “suelo” fue objeto de un creciente grado de protección por el Estado y la Comunidad Autónoma, se está produciendo la tendencia inversa.

El suelo rústico. Volviendo a lo que fue el “desarrollismo” tardo franquista, según la LISTA el suelo ha dejado de ser diferenciado como suelo urbanizable, suelo no urbanizable y, dentro de éste, suelo no urbanizable de especial protección. Y la excusa usada es que esta visión está “desfasada y obsoleta” y genera inseguridad jurídica, amén de una excesiva tardanza en la redacción de los planes urbanísticos y de ordenación territorial.

Tabla 1. Usos permitidos en suelo rústico por la Ley Lista.

Usos ordinarios

usos extraordinarios

Usos incompatibles con el medio urbano

Agrario, ganadero y forestal

Interés Público y Social: Equipamientos e infraestructuras

Actividades molestas, nocivas, insalubres y peligrosas

energías renovables

Interés público y Social: Usos industriales, terciarios y turísticos

Ciclo del Agua

Infraestructuras energéticas

infraestructucturas de telecomunicaciones

Fuente: Junta de Andalucía.

Para desahogo y satisfacción de fondos de inversión, promotores, constructores e inmobiliarias,  la Ley LISTA sólo reconoce dos clases de suelo: urbano y rústico. Y, dentro de este último, el suelo rústico  común y el suelo rústico susceptible de algún régimen de protección.

¿Qué consecuencias tiene este planteamiento?  Como expone ECOLOGISTAS EN ACCIÓN los desarrollos urbanísticos futuros podrán ser decididos por las empresas promotoras y constructoras que, a través de una actuación de Transformación Urbanística, una vez aprobada por los ayuntamientos,  y pueden ser las qué decidan por donde crecerán los núcleos urbanos, con lo que la apuesta teórica de la ley LISTA por la ciudad compacta mediterránea es pura falacia (1). Ecologistas en Acción 21 de mayo de 2020.

Otras apuestas de la Ley LISTA son las numerosas salvedades para la implantación de usos ordinarios en suelo rústico común. Paradójicamente se permite la implantación de mega centrales eólicas y fotovoltaicas, como si su impacto fuera similar al cultivo de hortalizas. Véase: EL DIARIO, 13 de Febrero de 2024.

Como usos extraordinarios, por su Interés Público y Social,  en el suelo rústico la Ley LISTA permite los de infraestructuras, equipamientos y usos para actividades económicas, que  no deben localizarse dentro de los núcleo urbanos, bien por sus necesidades de espacio, bien por tratarse de actividades molestas, insalubres y peligrosas.

El Tribunal Constitucional admite que se lleven a cabo usos para residencial aislada, pero no usos residenciales agrupados que puedan inducir a la formación  de nuevos núcleos de población.

Los Planes Especiales de protección del medio Físico y la Red Natura. La Ley LISTA solo reconoce expresamente a los espacios protegidos incluidos en la Red de Espacios Naturales protegidos RENPA (año 1989 y siguientes).

Respecto al resto de  espacios protegidos la Ley LISTA mantiene una calculada ambigüedad. Hasta el punto de que  Ecologistas en Acción,  ha solicitado a la Junta de Andalucía que los territorios incluidos en la red NATURA (o espacios naturales de interés comunitario), sean declarados ”Suelos no urbanizables de protección Espacial”.

Hay que recordar que los PEPMF fueron un referente para los planes urbanísticos entre los años 1988 y 2018. E, incluso, muchos de los espacios catalogados  por los PÈPMF, se incorporaron progresivamente a la RENPA y a la RED NATURA comunitaria. Otra cualidad  positiva de los PEPMF es que su lista de espacios catalogados se distribuía uniformemente por los municipios y comarcas de la montaña, de las campiñas interiores, de la franja litoral y de las zonas semiáridas.

Y una tercera cualidad es que los PEPMF incluían la protección de paisajes agrarios singulares como las vegas tradicionales, formaciones geológicas como acantilados y deltas, así como de los complejos serranos de interés ambiental. 

Sin embargo, el reglamento de la Ley LISTA permitirá que:

-          Los espacios catalogados por los PEPMF (AÑO 1987), puedan quedar sin protección alguna, si así lo determinan los planes urbanísticos redactados por los ayuntamientos. Y es que a pesar de su dilatada trayectoria, se esgrime desde el gobierno conservador, que “están desfasados e impiden oportunidades y comprometer inversiones”.  Con esta óptica ultra liberal apuestan por lo que algunos críticos denominan “urbanismo a la carta”.

-          Se podrán urbanizar espacios   de gran valor ambiental y paisajístico no incluidos en la RENPA, como acantilados, deltas y estuarios, complejos dunares, complejos serranos de interés ambiental, etc. 

Las urbanizaciones ilegales. La ley LISTA abra la puerta a la legalización por los ayuntamientos de más de 327.000 viviendas correspondientes a urbanizaciones ilegales existentes en Andalucía. Una cifra es superior porcentualmente a la participación de su población andaluza en el conjunto  de España.

 Tabla 2. Parcelaciones ilegales en España y Andalucía

Territorios

Viviendas ilegales

España

1.000.000

Andalucía

327.000

Marbella

38.000

Axarquía

25.000

Jerez-Arcos

15.000

Chiclana, Conil, Barbate y Vejer

15.000

Granada AM

14.000

Sevilla AM

13.000

Córdoba capital

11.000

Valle del Almanzora

10.000

Jaén capital

10.000

Bahía de Algeciras

10.000

Fuente: Elaboración propia.

Y el gobierno autonómico conservador alude al limbo jurídico en que las parcelaciones ilegales se han mantenido durante años y a la mirada para otro lado de los ayuntamientos respectivos.

Otra argumentación es que “muchos de los habitantes de estas parcelaciones son adquirientes de buena fe, que no tienen otro lugar para residir”.

Sin embargo, los estudios realizados por universidades y el Defensor del Pueblo, coinciden en que la mayoría de los parcelistas las usan  como segunda residencia, con su jardincito y su piscina para el verano. No obstante, la casuística es muy variable. así, la Vega de Córdoba capital tiene parcelaciones urbanísticas para primera y segunda residencia, mientras las de la Sierra de Córdoba capital son para segunda residencia. y en comarcas como el valle del Almanzora y la Axarquía malagueña, las parcelaciones urbanísticas acogen importantes colonias de familias extranjeras.

Evolución temporal de las parcelaciones urbanísticas. El fenómeno de las urbanizaciones ilegales arranca a mediados de los años setenta y se expande en las décadas de los ochenta y los noventa con gran intensidad. Un Informe del Defensor del Pueblo Andaluz (julio del año 2000) contabilizaba ya más de mil seiscientas urbanizaciones ilegales, concentradas entonces en las provincias de Málaga y Sevilla.

Durante el primer  cuarto del siglo XXI se han producido altibajos en el ritmo de aparición de nuevas urbanizaciones ilegales. Éstas sufrieron un parón entre la crisis de la burbuja inmobiliaria (año 2007) y la crisis del COVID (años 2019-2020), aunque las parcelaciones urbanísticas  se han ido relanzando en los años siguientes.

En la actualidad, las administraciones públicas tienen mejores instrumentos para frenar las urbanizaciones ilegales que antaño. En este sentido, las nuevas tecnologías permiten que -a través de la     fotointerpretación y cartografia como google earth-,  se pueda visualizar en tiempo real el nacimiento y avance de una parcelación ilegal en el medio rural. De este modo, desde los propios ayuntamientos se pueden desincentivar, bien con la correspondiente denuncia, bien a través de cartelería disuasoria, etc.

Y en materia de inspección, control y sanción u orden de demolición de las parcelaciones ilegales, se ha mejorado con la creación de la Fiscalía del Medio ambiente (año 2005), en cuyas delegaciones provinciales  se tramitan las denuncias interpuestas a través del SEPRONA (Servicio de protección de la Naturaleza de la Guardia Civil).

Impacto por territorios de las parcelaciones urbanísticas.  El problema de las parcelaciones ilegales afecta a territorios muy diversos.

Y cobra mayor intensidad en la franja litoral más turistificada. La Costa del Sol y la Axarquía malagueña se encuentran en el primer lugar (con entre 20.000 y 50.000 viviendas ilegales). En un escalón secundario se encuentran la costa de la luz gaditana y la costa tropical granadina.

A esta situación, de notable presencia de parcelaciones urbanísticas en el territorio, se ha llegado por el funcionamiento durante décadas de tramas de corrupción urbanística, en la que están implicados alcaldes, concejales, inmobiliarias y constructoras.

Los territorios situados a menor distancia de las grandes ciudades andaluzas son los otros ámbitos donde más proliferan las urbanizaciones ilegales, como sucede en el Poniente almeriense, municipios de la Bahía de Cádiz  como Chiclana, los términos municipales de Jerez y Arcos, municipios como La Línea en la Bahía de Algeciras; la vega y sierra de Córdoba capital, los municipios de la Vega de granada capital; los municipios de la Tierra Llana al norte de Huelva capital; el término municipal de Jaén capital; los municipios del valle del Guadalhorce próximo a Málaga capital; o los municipios del Aljarafe, Corredor de la Plata, Vega  y comarca de los alcores próximos a Sevilla capital.

 Los Planes Especiales de Mejora del Medio Rural. La Ley LISTA y su reglamento han previsto estos planes como el instrumento para regularizar las parcelaciones ilegales  en Andalucía.

Desde Ecologistas en Acción alertan de que dichos planes deben servir para integrar medioambientalmente a estas urbanizaciones ilegales, y no para mejorar EXCLUSIVAMENTE SUS SERVICIOS BÁSICOS,  y que sirvan de acicate para volver a impulsarlas.

Los tecnócratas de la sostenibilidad. Llegados a este punto conviene indagar quién se encuentra detrás de los nuevos planes ambientales del Gobierno conservador de la Junta de Andalucía. Y encontraremos A bufetes de abogados creados recientemente, con personal especializado en derecho administrativo, urbanismo y medio ambiente. Se trata de profesionales que comulgan con la óptica ultra liberal del Gobierno autonómico, a los que hemos denominado “tecnócratas de la sostenibilidad”-

Y es que sirven para a) redactar nuevas leyes ambientales y urbanísticas a medida de lo que desea el gobierno conservador andaluz, como para b) redactar los antes citados planes especiales de mejora del medio rural (con los que se regularizarán las parcelaciones urbanísticas ilegales en Andalucía, así como para c) Asesorar a las empresas líderes andaluzas  en materias como el intercambio de emisiones y la morigeración de su huella de carbono.

La estrategia de participación ciudadana de las leyes y planes medioambientales redactados por estos burócratas de la sostenibilidad engloba principalmente a empresarios y ayuntamientos, a los que adoctrinar sobre la eficacia de sus proyectos. Y  es que están escritos en un lenguaje complejo, denso y poco inteligible para el común de los mortales. A efectos prácticos se resumen en un mandamiento principal. “el crecimiento económico estará por encima de todas las cosas”. Ahora bien, esto es compatible, según el credo conservador, con “la sostenibilidad, que es la otra cara de la misma  moneda”. Y no faltarán las soluciones técnicas e ingenieriles para procurarlo.

Estos postulados, aparentemente des-ideologizados, entran frecuentemente en conflicto con el “pensamiento crítico” de los partidos de izquierda y ecologistas, que desconfían de la aparente neutralidad ideológica con que son presentados en público.

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