LA LISTA, EL IMPULSO A LA SOSTENIBILIDAD DEL TERRITORIO DE ANDALUCIA 2021-2025.
La
lista, EL IMPULSO A LA SOSTENIBILIDAD DEL
TERRITORIO DE ANDALUCIA 2021-2025.
CARLOS PAREJO DELGADO
Introducción. La
Ley de Impulso a la sostenibilidad del Territorio LISTA (año 2021) y su
Reglamento (año 2022), marcan sendos hitos a partir de los cuales el gobierno
conservador de la Junta de Andalucía va a anteponer su óptica ultra
liberal a su función social y ecológica,
sobre cómo ha de gestionarse el recurso
natural “suelo” en la Comunidad Autónoma andaluza. Tras casi medo siglo en que
el recurso “suelo” fue objeto de un creciente grado de protección por el Estado
y la Comunidad Autónoma, se está produciendo la tendencia inversa.
El suelo rústico. Volviendo a lo que fue el “desarrollismo” tardo franquista, según la
LISTA el suelo ha dejado de ser diferenciado como suelo urbanizable, suelo no
urbanizable y, dentro de éste, suelo no urbanizable de especial protección. Y
la excusa usada es que esta visión está “desfasada y obsoleta” y genera
inseguridad jurídica, amén de una excesiva tardanza en la redacción de los
planes urbanísticos y de ordenación territorial.
Tabla 1. Usos permitidos en suelo rústico
por la Ley Lista.
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Usos
ordinarios |
usos
extraordinarios |
Usos
incompatibles con el medio urbano |
|
Agrario,
ganadero y forestal |
Interés
Público y Social: Equipamientos e infraestructuras |
Actividades
molestas, nocivas, insalubres y peligrosas |
|
energías
renovables |
Interés
público y Social: Usos industriales, terciarios y turísticos |
|
|
Ciclo
del Agua |
||
|
Infraestructuras
energéticas |
||
|
infraestructucturas
de telecomunicaciones |
Fuente:
Junta de Andalucía.
Para desahogo y satisfacción de
fondos de inversión, promotores, constructores e inmobiliarias, la Ley LISTA sólo reconoce dos clases de
suelo: urbano y rústico. Y, dentro de este último, el suelo rústico común y el suelo
rústico susceptible de algún régimen de protección.
¿Qué consecuencias tiene este
planteamiento? Como expone ECOLOGISTAS
EN ACCIÓN los desarrollos urbanísticos futuros podrán ser decididos por las
empresas promotoras y constructoras que, a través de una actuación de Transformación Urbanística, una vez aprobada por los
ayuntamientos, y pueden ser las qué
decidan por donde crecerán los núcleos urbanos, con lo que la apuesta teórica de
la ley LISTA por la ciudad compacta mediterránea es pura falacia (1). Ecologistas en Acción 21 de mayo de 2020.
Otras apuestas de la Ley LISTA son
las numerosas salvedades para la implantación de usos ordinarios en suelo rústico común. Paradójicamente se permite
la implantación de mega centrales eólicas y fotovoltaicas, como si su impacto
fuera similar al cultivo de hortalizas. Véase: EL DIARIO, 13 de Febrero de 2024.
Como usos extraordinarios, por su Interés
Público y Social, en el suelo
rústico la Ley LISTA permite los de infraestructuras, equipamientos y usos para
actividades económicas, que no deben
localizarse dentro de los núcleo urbanos, bien por sus necesidades de espacio,
bien por tratarse de actividades molestas, insalubres y peligrosas.
El Tribunal Constitucional admite que
se lleven a cabo usos para residencial aislada, pero no usos residenciales
agrupados que puedan inducir a la formación de nuevos núcleos de población.
Los Planes Especiales de protección del medio Físico y la Red Natura. La Ley LISTA solo reconoce
expresamente a los espacios protegidos incluidos en la Red de Espacios
Naturales protegidos RENPA (año 1989 y siguientes).
Respecto al resto de espacios protegidos la Ley LISTA mantiene una
calculada ambigüedad. Hasta el punto de que Ecologistas
en Acción, ha solicitado
a la Junta de Andalucía que los territorios incluidos en la red NATURA (o
espacios naturales de interés comunitario), sean declarados ”Suelos no urbanizables de protección
Espacial”.
Hay que recordar que los PEPMF fueron
un referente para los planes urbanísticos entre los años 1988 y 2018. E,
incluso, muchos de los espacios catalogados
por los PÈPMF, se incorporaron progresivamente a la RENPA y a la RED
NATURA comunitaria. Otra cualidad positiva
de los PEPMF es que su lista de espacios catalogados se distribuía
uniformemente por los municipios y comarcas de la montaña, de las campiñas
interiores, de la franja litoral y de las zonas semiáridas.
Y una tercera cualidad es que los
PEPMF incluían la protección de paisajes agrarios singulares como las vegas
tradicionales, formaciones geológicas como acantilados y deltas, así como de
los complejos serranos de interés ambiental.
Sin embargo, el reglamento de la Ley
LISTA permitirá que:
-
Los
espacios catalogados por los PEPMF (AÑO 1987), puedan quedar sin protección
alguna, si así lo determinan los planes urbanísticos redactados por los
ayuntamientos. Y es que a pesar de su dilatada trayectoria, se esgrime desde el
gobierno conservador, que “están desfasados e impiden oportunidades y comprometer
inversiones”. Con esta óptica ultra
liberal apuestan por lo que algunos críticos denominan “urbanismo a la carta”.
-
Se
podrán urbanizar espacios de gran valor
ambiental y paisajístico no incluidos en la RENPA, como acantilados, deltas y
estuarios, complejos dunares, complejos serranos de interés ambiental,
etc.
Las urbanizaciones ilegales. La ley LISTA abra la puerta a la legalización por los
ayuntamientos de más de 327.000 viviendas correspondientes a urbanizaciones
ilegales existentes en Andalucía. Una cifra es superior porcentualmente a la
participación de su población andaluza en el conjunto de España.
|
Tabla 2. Parcelaciones ilegales en
España y Andalucía |
|
|
Territorios |
Viviendas
ilegales |
|
España |
1.000.000 |
|
Andalucía |
327.000 |
|
Marbella |
38.000 |
|
Axarquía |
25.000 |
|
Jerez-Arcos |
15.000 |
|
Chiclana, Conil, Barbate y Vejer |
15.000 |
|
Granada AM |
14.000 |
|
Sevilla AM |
13.000 |
|
Córdoba capital |
11.000 |
|
Valle del Almanzora |
10.000 |
|
Jaén capital |
10.000 |
|
Bahía de Algeciras |
10.000 |
Fuente: Elaboración propia.
Y el gobierno autonómico conservador alude
al limbo jurídico en que las parcelaciones ilegales se han mantenido durante
años y a la mirada para otro lado de los ayuntamientos respectivos.
Otra argumentación es que “muchos de
los habitantes de estas parcelaciones son adquirientes de buena fe, que no
tienen otro lugar para residir”.
Sin embargo, los estudios realizados
por universidades y el Defensor del Pueblo, coinciden en que la mayoría de los
parcelistas las usan como segunda
residencia, con su jardincito y su piscina para el verano. No obstante, la
casuística es muy variable. así, la Vega de Córdoba capital tiene parcelaciones
urbanísticas para primera y segunda residencia, mientras las de la Sierra de
Córdoba capital son para segunda residencia. y en comarcas como el valle del
Almanzora y la Axarquía malagueña, las parcelaciones urbanísticas acogen
importantes colonias de familias extranjeras.
Evolución temporal de las parcelaciones urbanísticas. El fenómeno de las urbanizaciones
ilegales arranca a mediados de los años setenta y se expande en las décadas de
los ochenta y los noventa con gran intensidad. Un Informe del Defensor del
Pueblo Andaluz (julio del año 2000) contabilizaba ya más de mil seiscientas
urbanizaciones ilegales, concentradas entonces en las provincias de Málaga y
Sevilla.
Durante el primer cuarto del siglo XXI se han producido
altibajos en el ritmo de aparición de nuevas urbanizaciones ilegales. Éstas
sufrieron un parón entre la crisis de la burbuja inmobiliaria (año 2007) y la
crisis del COVID (años 2019-2020), aunque las parcelaciones urbanísticas se han ido relanzando en los años siguientes.
En la actualidad, las
administraciones públicas tienen mejores instrumentos para frenar las
urbanizaciones ilegales que antaño. En este sentido, las nuevas tecnologías
permiten que -a través de la
fotointerpretación y cartografia como google earth-, se pueda visualizar en tiempo real el nacimiento
y avance de una parcelación ilegal en el medio rural. De este modo, desde los
propios ayuntamientos se pueden desincentivar, bien con la correspondiente
denuncia, bien a través de cartelería disuasoria, etc.
Y en materia de inspección, control y
sanción u orden de demolición de las parcelaciones ilegales, se ha mejorado con
la creación de la Fiscalía del Medio ambiente (año 2005), en cuyas delegaciones
provinciales se tramitan las denuncias interpuestas
a través del SEPRONA (Servicio de protección de la Naturaleza de la Guardia
Civil).
Impacto por territorios de las parcelaciones urbanísticas. El problema de las parcelaciones ilegales
afecta a territorios muy diversos.
Y cobra mayor intensidad en la franja litoral más turistificada. La Costa
del Sol y la Axarquía malagueña se encuentran en el primer lugar (con entre
20.000 y 50.000 viviendas ilegales). En un escalón secundario se encuentran la
costa de la luz gaditana y la costa tropical granadina.
A esta situación, de notable
presencia de parcelaciones urbanísticas en el territorio, se ha llegado por el
funcionamiento durante décadas de tramas de corrupción urbanística, en la que
están implicados alcaldes, concejales, inmobiliarias y constructoras.
Los territorios situados a menor distancia de las grandes ciudades andaluzas son los otros ámbitos
donde más proliferan las urbanizaciones ilegales, como sucede en el Poniente
almeriense, municipios de la Bahía de Cádiz
como Chiclana, los términos municipales de Jerez y Arcos, municipios
como La Línea en la Bahía de Algeciras; la vega y sierra de Córdoba capital,
los municipios de la Vega de granada capital; los municipios de la Tierra Llana
al norte de Huelva capital; el término municipal de Jaén capital; los
municipios del valle del Guadalhorce próximo a Málaga capital; o los municipios
del Aljarafe, Corredor de la Plata, Vega
y comarca de los alcores próximos a Sevilla capital.
Los Planes Especiales de Mejora
del Medio Rural. La
Ley LISTA y su reglamento han previsto estos planes como el instrumento para
regularizar las parcelaciones ilegales
en Andalucía.
Desde Ecologistas en Acción alertan
de que dichos planes deben servir para integrar medioambientalmente a estas
urbanizaciones ilegales, y no para mejorar EXCLUSIVAMENTE SUS SERVICIOS BÁSICOS,
y que sirvan de acicate para volver a
impulsarlas.
Los tecnócratas de la sostenibilidad. Llegados a este punto conviene indagar quién se
encuentra detrás de los nuevos planes ambientales del Gobierno conservador de
la Junta de Andalucía. Y encontraremos A bufetes de abogados creados
recientemente, con personal especializado en derecho administrativo, urbanismo
y medio ambiente. Se trata de profesionales que comulgan con la óptica ultra
liberal del Gobierno autonómico, a los que hemos denominado “tecnócratas de la
sostenibilidad”-
Y es que sirven para a) redactar nuevas
leyes ambientales y urbanísticas a medida de lo que desea el gobierno
conservador andaluz, como para b) redactar los antes citados planes especiales
de mejora del medio rural (con los que se regularizarán las parcelaciones
urbanísticas ilegales en Andalucía, así como para c) Asesorar a las empresas líderes
andaluzas en materias como el
intercambio de emisiones y la morigeración de su huella de carbono.
La estrategia de participación ciudadana de las leyes y planes medioambientales redactados
por estos burócratas de la sostenibilidad engloba principalmente a empresarios
y ayuntamientos, a los que adoctrinar sobre la eficacia de sus proyectos. Y es que están escritos en un lenguaje
complejo, denso y poco inteligible para el común de los mortales. A efectos
prácticos se resumen en un mandamiento principal. “el crecimiento económico
estará por encima de todas las cosas”. Ahora bien, esto es compatible, según el
credo conservador, con “la sostenibilidad, que es la otra cara de la misma moneda”. Y no faltarán las soluciones
técnicas e ingenieriles para procurarlo.
Estos postulados, aparentemente
des-ideologizados, entran frecuentemente en conflicto con el “pensamiento
crítico” de los partidos de izquierda y ecologistas, que desconfían de la
aparente neutralidad ideológica con que son presentados en público.
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